Política de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (ALA/CFT)

Versión: 1.0 (Cumplimiento GAFILAT & Estándar Regional)
Última Actualización: [11/12/2025]
Alcance: Global con enfoque en jurisdicciones de Latinoamérica

1. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y TOLERANCIA CERO

Diversidad Financiera Consultores (en adelante, el “Sujeto Obligado” o la “Compañía”) mantiene una política de Tolerancia Cero frente al Lavado de Activos (LA), el Financiamiento del Terrorismo (FT) y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP).

Esta política se alinea estrictamente con las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF) y los estándares regionales del GAFILAT.

Su objetivo es proteger la integridad del sistema económico y jurídico, así como la reputación de la Compañía, en todas las operaciones de Cesión de Derechos Litigiosos, Inversión en Activos Intangibles y Financiamiento Legal.

Obligatoriedad: Este documento es de cumplimiento mandatorio para todos los accionistas, directores, alta gerencia, empleados, agentes y terceros vinculados que actúen en nombre de la Compañía.

2. FUNDAMENTOS Y ENFOQUE BASADO EN RIESGO (EBR)

El Sistema de Prevención se fundamenta en la proporcionalidad y la gestión inteligente del riesgo.

2.1. Matriz de Riesgo y Evaluación Continua

La Compañía no aplica medidas de control de forma arbitraria, sino basándose en una evaluación técnica:

  • Identificación: Detectamos riesgos asociados a Clientes, Productos, Canales de Distribución y Jurisdicciones Geográficas.
  • Mitigación Proporcional:
    • Riesgo Alto: Se aplican medidas de Debida Diligencia Reforzada (DDR/EDD).
    • Riesgo Bajo: Se pueden aplicar medidas de Debida Diligencia Simplificada (DDS), siempre que no exista sospecha de LA/FT.

2.2. Transparencia y Colaboración con la Autoridad

La Compañía colaborará activamente con las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF/UAFE/UIAF) locales.

  • Levantamiento de Sigilo: Para fines de reporte de operaciones sospechosas a la autoridad competente, la Compañía no opondrá sigilo bancario, bursátil o reserva profesional, garantizando siempre que la información se transmita por canales seguros y confidenciales.

3. MEDIDAS DE DEBIDA DILIGENCIA DEL CLIENTE (DDC/KYC)

No iniciamos ninguna relación comercial (incluida la compra de carteras o litigios) sin conocer a la contraparte (“Know Your Customer”).

3.1. Identificación y Verificación (KYC Estándar)

Se aplicará al establecer relaciones comerciales o realizar transacciones ocasionales superiores al umbral de USD/EUR 10,000 (o su equivalente en moneda local).

  • Persona Natural: Verificación de identidad (DNI/Pasaporte), actividad económica, domicilio y origen de fondos.
  • Persona Jurídica: Constitución legal, vigencia, objeto social y estructura accionaria.
  • Propósito de la Relación: Entender claramente la lógica económica y jurídica de la transacción propuesta (ej. ¿Por qué se cede este derecho litigioso?).

3.2. Beneficiario Final (Ultimate Beneficial Owner – UBO)

Es mandatorio identificar a la persona natural que ejerce el Control Efectivo o posee la titularidad real de los recursos.

  • Umbral Estricto: Identificaremos a cualquier persona natural que posea, directa o indirectamente, al menos el diez por ciento (10%) del capital social o derechos de voto de la entidad cliente.
  • Levantamiento del Velo: Si el cliente es un fideicomiso o vehículo offshore, se indagará hasta llegar a la persona física controladora.

3.3. Personas Expuestas Políticamente (PEP)

Contamos con filtros para detectar si un cliente, beneficiario final o contraparte es una PEP (nacional o extranjera).

  • Procedimiento PEP: Si se identifica una PEP:
    1. Se requiere aprobación de la Alta Gerencia para vincularlo.
    2. Se debe corroborar documentalmente el origen lícito de su patrimonio.
    3. Se aplicará monitoreo continuo intensificado.
  • Nota: La condición de PEP no implica rechazo automático, pero sí un escrutinio superior.

3.4. Debida Diligencia Reforzada (DDR)

Se activará automáticamente en casos de alto riesgo, tales como:

  • Clientes no residentes o ubicados en jurisdicciones de alto riesgo (Listas GAFI/UE).
  • Estructuras corporativas inusualmente complejas sin razón comercial aparente.
  • Transacciones no presenciales sin firma electrónica cualificada.

4. REPORTE, MONITOREO Y SANCIONES

4.1. Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS/SAR)

La detección y reporte es la piedra angular del sistema.

  • Definición de Inusual: Cualquier transacción que no guarde correspondencia con el perfil económico del cliente o carezca de sustento legal/económico evidente.
  • Procedimiento de Reporte (Plazos Estrictos):
    1. Detección: El empleado detecta la alerta.
    2. Análisis: El Oficial de Cumplimiento tiene hasta cinco (5) días para analizar y confirmar la sospecha.
    3. Reporte a la UIF: Si se confirma, se debe enviar el ROS a la autoridad en un término máximo de cuatro (4) días desde la confirmación.

4.2. Prohibición de Revelación (“Tipping-Off”)

Es un delito penal y una falta grave corporativa alertar al cliente o a terceros que se está analizando su actividad o que se ha enviado un ROS a la autoridad. Esta información es estrictamente confidencial.

4.3. Conservación de Registros (Data Retention)

Para garantizar la trazabilidad forense, la Compañía conservará los expedientes de DDC y registros de transacciones por un periodo de diez (10) años contados desde la finalización de la relación comercial.

5. GOBERNANZA Y OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

La estructura de cumplimiento está liderada por:

  • Oficial de Cumplimiento (OC/MLRO): Persona independiente, calificada y con recursos suficientes, responsable de la ejecución del Sistema de Prevención (SPARLAFTD) y enlace único con la UIF.
  • Responsabilidad Solidaria: Tanto el OC como el Representante Legal son responsables civil, administrativa y penalmente ante las autoridades por la aplicación efectiva de esta política.

6. CANAL DE CONSULTAS

Cualquier duda sobre la aplicación de esta política o sobre una posible señal de alerta debe dirigirse de inmediato y bajo confidencialidad a:

info@diversidadfinanciera.com

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